Filosofía y Teoría General del Derecho

Información General
Centro de investigación: 

CIJ

Programa: 

Doctorado en Derecho

Grupo(s) de Investigación

Grupo de Investigaciones Jurídicas

Estado de la Linea

Consolidada

Objeto de estudio de la línea

La justificación de la línea de “Filosofía y Teoría General” del Derecho gira en torno a tres consideraciones: una de orden investigativo, otra de carácter interdisciplinario y, por último, una de nivel teorético (fundamentos del Derecho). Pásese pues a enunciar estas consideraciones: Consideraciones de orden investigativo La primera de las argumentaciones resulta de considerar que las líneas de investigación deben estar articuladas a los grupos de investigación. De esta forma, como proceso formativo de pregrado y de posgrado, al estar en íntima relación con un proceso investigativo que viene desarrollándose de tiempo atrás, vendrán a ser programas de excelente calidad. Es por ello que la Universidad de Medellín dispuso que los programas en Derecho fuera consecuencia lógica del desarrollo de la investigación jurídica. Para tal fin, primero se consolidó el Grupo de Investigaciones Jurídicas, reconocido en Categoría A de Colciencias, para luego proponer a la comunidad académica de la región una Maestría y un doctorado en Derecho. Dentro del Grupo de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín existe una línea de investigación en “Filosofía y Teoría General del Derecho” que presenta altos estándares de calidad, así como un impresionante registro de resultados de investigación que dan muestra clara del soporte investigativo que dicha línea ofrece al grupo de investigaciones jurídicas. Y no es para menos, teniendo en cuenta que la línea de investigación en “Filosofía y Teoría del derecho” presenta tres proyectos de investigación ejecutados, tres en ejecución, y dos próximos a ser iniciados. Igualmente, han pasado por dicha línea muchos estudiantes de pregrado, quienes han hecho allí su trabajo de grado. Además, cuenta con un semillero de investigación, que ha ejecutado dos proyectos de investigación y está en ejecución de un tercero, donde se forman los futuros auxiliares de investigación de la línea, así como los investigadores que alimentarán el grupo en un futuro cercano. Entonces, ante la existencia de una línea en “Filosofía y Teoría General del derecho”, con tantos éxitos en resultados de investigación así como en proyectos ejecutados, se justifica la existencia de una línea de investigación en la Facultad de Derecho. Agréguese que los trabajos de grado de los maestrandos que matriculen esta línea serán desarrollados, fundamentalmente, en el seno de proyectos de investigación en ejecución dentro de la línea de investigación en “Filosofía y Teoría General del Derecho”. - Consideraciones de orden interdisciplinario La línea de énfasis en “Filosofía y Teoría General del Derecho” se justifica dentro del grupo de investigaciones en Derecho en tanto que permite reunir bajo una misma denominación una serie de estudios que, además de estar respaldados por una línea de investigación como lo es la de “Filosofía y Teoría General del Derecho”, son fundamentales para la investigación jurídica en el campo de que se trate, como los son la filosofía del derecho, la historia del derecho y la teoría general del derecho. Debe aclararse, por cierto, la historia del nombre “Filosofía y Teoría General del Derecho” para la línea de investigación, que terminó marcando el nombre de la línea de énfasis en la maestría y el doctorado en Derecho. En el año 2003 se creó el Grupo de Investigaciones en “Teoría General del Derecho”, que cubriría investigación en filosofía del derecho, teoría general del derecho, historia del derecho, sociología jurídica y antropología jurídica. Para el efecto, en el 2003 se crea la línea de “fundamentos del derecho” (que abarcaría investigación en filosofía del derecho y teoría general del derecho) y en el 2004 la línea de “historia del derecho”. Se proyectaba en este grupo la creación en el 2005 de la línea en “sociología y antropología jurídica”. No obstante, en el 2004, los grupos de investigación jurídica de la Universidad de Medellín decidieron unirse en un solo Grupo que se denominó “Grupo de Investigaciones Jurídicas”, con lo que desaparecería el Grupo de “Teoría General del Derecho”. Inicialmente, el Grupo de Investigaciones Jurídicas creó una línea de Estudios Políticos, la cual se queda para sí con los temas de sociología y antropología jurídica. Entonces, al Grupo de Investigaciones Jurídicas, recién conformado, se trasladan las líneas de “Fundamentos del Derecho” e “Historia del Derecho”, líneas que si bien tenían entidad propia, trabajaban conjuntamente durante todo el 2004. A inicios del 2005, por invitación de la Vicerrectoría de Investigaciones y con una asesoría externa contratada, se sugiere la reducción de las líneas de investigación, por lo cual las líneas de “Fundamentos del Derecho” e “Historia del Derecho” proceden a unirse en una, cuyo nombre indicara que allí se investigarían, de manera interdisciplinaria, temas de filosofía del derecho, teoría general del derecho e historia del derecho. El nombre que se asignó fue el de “Teoría del Derecho”. Esta línea entonces recoge los resultados investigativos que se remontan al 2003, y que marcan claramente un rumbo a la investigación de la maestría, bajo un vector interdisciplinario: la teoría general del derecho, la filosofía del derecho y la historia del derecho como trampolines discursivos en investigaciones concretas de los estudiantes de maestría. En conclusión, el nombre de la actual línea de investigación terminó imprimiendo la denominación de la línea de énfasis de la maestría y el doctorado en Derecho bajo el nombre de: Filosofía y Teoría del derecho por el cambio que se dio en la dirección de la Línea en 2016. Esta nueva denominación no choca en modo alguno con los desarrollos científicos contemporáneos. Si bien inicialmente dentro del Derecho emergió una propuesta fragmentadora que llevó, por ejemplo, a proponerse dentro de la cultura jurídica italiana especialmente la división entre la filosofía del Derecho con la teoría general del Derecho, no puede negarse que estos parámetros fragmentadores están en crisis dentro del paradigma científico – jurídico. De esta forma, los estudios históricos empiezan a ser reclamados por otras esferas jurídicas, lográndose verdaderos canales de comunicación entre investigaciones y disciplinas intrajurídicas que antes se negaban mutuamente. Encontramos, pues, a personajes como Heidegger (quien recuerda la importancia de la historicidad para la configuración del Dasein, Gadamer (quien ubica la historia como categoría estructurante de la comprensión hermenéutica), Habermas (que no deja de recordar cómo el pasado interviene en la acción comunicativa permitiendo de esta manera la integración social), Foucault (que expone los discursos de poder que a través de la historia o que por medio de ella se han cimentado en las sociedades), Bobbio (que no separó sus estudios políticos y jurídicos de los históricos), etc., como autores de talla internacional que claman por una visión de lo jurídico atravesada por la historia de lo jurídico mismo. Súmese que la visión iusfilosófica no puede ir en contravía por lógica propia con una visión de la teoría general del Derecho, a un punto tal que uno de los graves problemas de la visión fragmentada de la disciplina jurídica fue intentar clasificar, infructuosamente, los autores entre iusfilósofos y teóricos generales del Derecho, dado que entre ambos sectores hay más una complementariedad necesaria que una frontera natural. De esta forma es que los estudios de Historia del Derecho, Filosofía del Derecho y Teoría General del Derecho no se elaborarán, en la maestría que ahora se propone, como estancos aislados, sino como horizontes de significado (Gadamer) que deben ser atravesados por el investigador que será formado en el programa de posgrado. - Consideraciones de orden teorético (fundamentos del Derecho) Una Línea de investigación está construida sobre un saber específico, en permanente comunicación con otros saberes. De esta manera, para tener un estatuto epistemológico que lo faculte como saber específico y que le permita una interacción con otros saberes particulares, es necesaria una serie de conocimientos que deben ser brindados al maestrando y que deben servir de soporte al trabajo de grado de maestría para que uno y otro puedan considerarse científicos. Estos saberes, fundamento de la ciencia del derecho, son, justamente, los campos de saber que aborda la línea de “Filosofía y Teoría del derecho”: filosofía del derecho, teoría general del derecho e historia del derecho. Los estudios de la filosofía de derecho incluyen la historia de la filosofía de derecho, de la idea de la justicia y de la idea de lo bueno: La historia del derecho natural, el derecho romano y su influencia al derecho europeo hoy en día, y el derecho medieval, las concepciones de Platón, Aristóteles, Gayo, Cicerón, San Agustino, Tomás de Aquino, Hobbes, Mill, Hugo Grocio, Pufendorf, Leibniz, Kant, Hegel, Kelsen, Radbruch, Alex, Dworkin, Jesus Antonio Garcia Amado, entre otros; con una énfasis especial en las concepciones éticas y jurídicas de Leibniz, Kant, Hegel, Alexy el principalísimo y la hermenéutica jurídica. Con estos tres saberes que se enseñarán al maestrando independientemente de la línea de énfasis que tome, se permitirá al estudiante tener suficiente acervo argumentativo para considerar su trabajo como científico y, por ende, como una propuesta investigativa. En consecuencia, la línea de énfasis en “teoría del derecho” se justifica en el Grupo de investigaciones Jurídicas porque es justo quien dará soporte epistemológico a las condiciones de posibilidad de una ciencia e una investigación jurídica, independientemente de la línea de énfasis matriculada por el estudiante.

¿La línea se encuentra fundamentada?: 

Si

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Campo(s) de Investigación: 
Responsabilidad social y ambiental de la empresa y el estado